Los
titulares o explotadores de las instalaciones de producción que
pretendan acogerse al régimen especial deberán solicitar la inclusión
de la misma ante la Administración competente acreditando, además
del tipo de instalación, las principales características técnicas
y de funcionamiento.
Asimismo, deberá realizarse una evaluación cuantificada de la energía
que va a ser transferida a la red. En caso de que la solicitud tenga
que ser presentada ante la Dirección General de la Energía, lo hará
el titular o explotador de la instalación (propietario, arrendatario
o titular de cualquier otro derecho que le vincule con la explotación
de una instalación), incluyendo, además de lo descrito en el párrafo
anterior, una memoria resumen de la entidad peticionaria, que deberá
contener:
- Nombre
o razón social y domicilio del peticionario
- Capital
social y accionistas con participación superior al 5 por 100,
en su caso, y participación de los mismos.
-
Relación de empresas filiales en las que el peticionario sea mayoritario.
Este apartado no se debería exigir a las instalaciones inferiores
a 5 kWp.
- Condiciones
de eficiencia energética y técnicas de seguridad de la instalación
- Relación
de las instalaciones acogidas a este régimen de las que el peticionario
es titular
- Copia
del balance y cuenta de resultados correspondiente al último ejercicio
fiscal. Este apartado no se debería exigir a las instalaciones
inferiores a 5 kWp.
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