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Mejoran las herramientas legales de control de emisiones contaminantes
Lunes, 27 de Mayo de 2002
Fuente: Madrid/Geoscopio.
La nueva normativa, pionera en España, regulará el trámite de notificación y determinados aspectos de la actuación de los Organismos de Control Autorizados en el ámbito de la calidad ambiental de la atmósfera en Castilla-La Mancha.

La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha publicado una Orden para mejorar los procedimientos de control e inspección de los Organismos de Control Autorizados cuando ejecutan mediciones de contaminación atmosférica, con el fin de lograr unas menores emisiones y, en consecuencia, una mejora de los niveles de calidad del aire.

En la actualidad y según determina el Reglamento de la Ley de Industria, los Organismos de Control Autorizados, encargados de verificar que las instalaciones y productos industriales cumplen las condiciones de carácter obligatorio, en este caso sobre contaminación atmosférica, son acreditados por la Entidad Nacional de Acreditación como paso previo a su autorización por la Administración competente en materia de industria del territorio donde inicien su actividad o estén radicados.

Según esta legislación, con esta autorización, el Órgano de Control Autorizado puede ejercer sus funciones en todo el territorio nacional, una vez que haya realizado la oportuna notificación al resto de las comunidades autónomas.

Con la nueva Orden, la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente establecerá cuál y cómo debe ser el procedimiento de esa notificación cuando estos organismos quieran realizar su actividad en esta Comunidad Autónoma, estableciéndose un procedimiento normalizado de notificación a la Consejería para realizar mediciones de contaminantes atmosféricos en Castilla-La Mancha.

Asimismo, la Consejería ha regulado también diversos aspectos de la realización de inspecciones y mediciones de emisión e inmisión reglamentarias de contaminantes atmosféricos por parte de estos organismos, con el fin de mejorar los procedimientos de control, inspección y vigilancia de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera. Así, las mediciones reglamentarias de emisiones e inmisiones que se realicen en nuestra región deberán ajustarse a cuatro instrucciones técnicas que se adjuntan en los anexos de la Orden.

La nueva normativa establece también una serie de mecanismos que faciliten la coordinación y supervisión rápida, eficiente y segura de las actuaciones de los Organismos de Control Autorizados. Entre estos mecanismos, la Orden establece unos requisitos y contenidos mínimos de informes para las inspecciones y mediciones que realizan estos Organismos en las industrias. Con ello, se pretende establecer criterios homogéneos para la realización de los informes y la comunicación de sus resultados.

Por último, la Orden establece la creación de una lista de los Organismos de Control Autorizados para actuar en Castilla-La Mancha que estará a disposición de los industriales. Una novedad importante es que esta lista incluirá el número de actuaciones deficientes de cada Organismo de Control, con el fin de mejorar la calidad de sus actuaciones y que las industrias puedan elegir con un mayor criterio.

Esta norma publicada ayer es pionera en el ámbito nacional, ya que ninguna Comunidad Autónoma ha reglamentado este tipo de actuaciones. En España están acreditados y autorizados actualmente unos 20 Organismos de Control Autorizados.

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